Moratoria previsional de la Anses: quiénes podrán ingresar para ...

3 Mar 2023
Nueva moratoria previsional Anses

El martes último la Cámara de Diputados aprobó la ley que crea un “plan de pago de deuda previsional”, dirigido a mujeres y a varones que tengan o que cumplan en los próximos dos años 60 y 65 años, respectivamente, y no reúnan la cantidad de aportes que exige la ley para acceder a la jubilación, y también a quienes están a menos de una década de cumplir la edad jubilatoria y saben, desde ya, que no cumplirán con los requisitos definidos por las normativas.

La nueva ley todavía no fue publicada en el Boletín Oficial. A partir del momento en que ello ocurra, correrá un período de hasta 90 días en el cual deberán aprobarse las reglamentaciones necesarias para poner el sistema en marcha. Por eso, el plan todavía no está operativo.

A continuación, diez claves para conocer el alcance y los detalles del programa plan y ejemplos de cuánto cobrarían, al menos en el inicio, quienes puedan acceder, algo que dependerá de la cantidad de aportes que se tengan efectivamente realizados.

La ley crea un sistema para la “compra” de períodos de contribuciones que no se hicieron en su debido momento. Pero no deberá hacerse un pago efectivo por esa adquisición, sino que, dependiendo de la cantidad de meses involucrados y en función de un precio predeterminado por cada período declarado como adeudado, se registrará una deuda con el Estado, que se irá cancelando mediante descuentos en los haberes que se percibirán mensualmente.

Se establece la vigencia de dos subsistemas. En el primero se utilizará la “Unidad de pago de deuda previsional”, que representará, cada una, por un mes de aportes. Es el plan dirigido a mujeres que ya tienen 60 años o los cumplan en los próximos dos años y a los varones con 65 años cumplidos o, también, que los cumplan en los próximos dos años.

El requisito de edad no es el único. También regirán condiciones en cuanto a la situación socioeconómica y patrimonial de las personas. Aún no se conoce qué parámetros se tomarán en cuenta para la admisión al plan, porque la ley no los establece, sino que delega en la Anses la tarea de fijarlos de manera tal que los planes, que implican un amplio subsidio del Estado, se otorguen sobre la base de “evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas objetivas”. La condición de tener que pasar un examen socioeconómico rige también para el ingreso a las moratorias desde hace varios años (no fue así en los inicios, lo que permitió el ingreso de personas sin importar su condición).

También se prevé la posibilidad de adhesión al plan de los derechohabientes de alguien fallecido para poder cobrar pensión, con la condición de que la persona haya estado inscripta.

En el plan para quienes tienen o cumplan la edad jubilatoria podrán declararse aportes anteriores a 2009. Serán requisitos que en los períodos declarados se haya residido en el país y que no se haya trabajado de manera formal -ni bajo relación de dependencia, ni como autónomo o monotributista-; es decir, no debe haber aportes ya registrados por los meses en cuestión.

Además, será condición haber tenido al menos 18 años de edad en el momento del período más antiguo que se declara como adeudado. Por eso, si el sistema rige desde el actual mes de marzo, las mujeres podrán comprar hasta 27 años y 10 meses de aportes, en tanto que los varones sí tendrán, en caso de cumplirse todos los requisitos, la posibilidad de comprar los 30 años exigidos por ley.

La declaración de los aportes no hechos generará que se compute una deuda de la persona con el sistema. Pero no se la deberá abonar efectivamente, sino que se obtendrá la prestación jubilatoria y se irán descontando montos de los haberes mensuales, hasta que se agote el saldo a favor del Estado. Como máximo, habrá 120 cuotas.

Cada mes de aporte que se adquiera tendrá un precio equivalente al 29% de la remuneración mínima que rige en el sistema laboral para calcular los descuentos de la seguridad social. Ese valor de referencia se actualiza cada tres meses según el índice de movilidad previsional; por lo tanto, el precio para determinar la deuda y los descuentos de los haberes para saldarla variarán con frecuencia trimestral.

Entre marzo y mayo el valor de cada unidad (es decir, de cada mes de aporte que se quiera saldar) es de $5729,97. Si se necesitaran 10 años, la deuda tendría un valor inicial, actualizable, de $687.596,4. Y si se pagara en 120 cuotas, la primera sería de $5729,97; en cambio, si el plan fuera de 60 cuotas, cada una sería inicialmente de $11.459,94. Esos serían los montos a descontar de los haberes.

Un artículo de la ley establece que “la Unidad de Pago de Deuda Previsional será considerada al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU)”. Se interpreta, entonces, según fuentes consultadas por LA NACION, que para quienes tengan aportes hechos, la prestación se calculará teniendo en cuenta esas contribuciones y en función de la fórmula vigente.

Para el caso de los asalariados, se calcula el 1,5% de la remuneración promedio de los últimos 10 años con aportes, y se multiplica el resultado por la cantidad de años contribuidos. Luego se suma el monto de la PBU, que es igual para todos. De todas maneras, habrá que esperar a que estén aprobadas todas las reglamentaciones y a que el plan se ponga en marcha para conocer, en detalle, cómo serán otorgados los beneficios.

Por ejemplo, con una remuneración promedio de la última década de $240.000 y 10 años de aportes efectivos, si se declaran 20 años en el plan de la nueva ley, se determinará una obligación con el Estado de $1.375.192,80 (monto actualizable). Si se toma un plan de 120 meses para la cancelación, cada cuota inicial será de $11.459,94. Y el haber determinado (dados los aportes ya hechos), será de $62.836,76 en bruto. Hechos los descuentos del plan de moratoria y el destinado a financiar el PAMI, le quedarían en mano $49.366,58. En los próximos meses, además, a eso se le sumaría el bono que, en este caso en particular, sería de $10.828,67; quedaría entonces un ingreso de $60.195,25.

El importe del descuento dependerá, además de la cantidad de aportes que se declaren, del número de cuotas. La ley establece que habrá un máximo de 120, pero la Anses podría disponer especificaciones sobre ese tema.

Además de haber tenido que residir en el país en los períodos por los que declaran deuda, se previó la incompatibilidad de los beneficios otorgados vía el plan con “el goce de otra prestación previsional de cualquier naturaleza”, con la excepción del cobro de un único beneficio, si es contributivo y no mayor al haber mínimo. De todas maneras, se podría renunciar al cobro de otra mensualidad para acceder al programa.

La ley crea también la “Unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad”. Cada una representará un mes de contribuciones, y podrán acceder a este plan de pagos las mujeres de entre 50 y 59 años y los varones de entre 55 y 64 años. En este caso no se fija un plazo determinado para la adhesión.

Un requisito es que el solicitante no haya estado trabajando de manera registrada –ni como dependiente, ni como autónomo ni como monotributista– en los meses declarados como adeudados. Además, la ley indica que se deberá acreditar que se tienen ingresos para pagar el valor de las unidades de cancelación.

Este plan no permitirá la jubilación inmediata, sino que las personas deberán esperar, para solicitar el beneficio, a cumplir la edad requerida (60 y 65 años, mujeres y varones). Pero permitirá ir saldando previamente obligaciones no cumplidas en su momento, para llegar a la edad de retiro en condiciones o con mayores chances de estar en condiciones de pedir la jubilación.

Los períodos por los cuales se declaren deudas deben ser anteriores al 31 de marzo de 2012, según expresa un artículo de la ley. Por los meses por los que se declara la deuda no debe haber contribuciones efectivas.

La modalidad de adquisición de las unidades representativas de aportes y la forma de cancelación deberán ser reglamentadas por la Anses y la AFIP, según dispone la nueva ley.

Según un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación, en el primer año de la eventual vigencia del régimen podrían recibir su jubilación, haciendo uso de la nueva modalidad, unas 494.242 personas (casi el 80% son mujeres). En cuanto a la población masculina, la hipótesis es que dejarían de solicitar la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) e irían al nuevo plan (las mujeres también pueden acceder a la PUAM, pero con una espera de cinco años más respecto de la edad de jubilación, es decir, a los 65 años).

En el segundo año, se agregarían a la jubilación por la vía propuesta, según la estimación del citado centro de estudios, otras 225.409 personas. En total serían, durante el período en que esté vigente el plan, algo menos de 720.000 casos.

Entre las críticas que recibe el nuevo plan está el hecho de que conlleva la misma lógica de las moratorias anteriores: da respuestas temporales y precarias frente a un problema estructural que no está siendo solucionado, como es el muy alto índice de informalidad laboral (sobre la base de datos del Indec, se estima que aproximadamente la mitad de los trabajadores actuales no está haciendo aportes). No se buscan soluciones para ese problema ni se revisa a fondo la ley previsional, que tiene exigencias que no se condicen con el mercado laboral. Además, el costo fiscal de corto, pero sobre todo de mediano y largo plazo es otra de las cuestiones polémicas.

Un proyecto alternativo presentado por legisladores de la oposición (del bloque de Evolución Radical) y que tuvo dictamen de minoría preveía, por un lado, establecer un sistema de prestaciones previsionales proporcionales a la cantidad de años contribuidos, para las personas que tengan al menos 10 años de aportes efectivamente hechos en su vida laboral. Y buscaba establecer, a la vez, la continuidad de la PUAM (una prestación equivalente al 80% del haber mínimo) para quienes no lleguen a cumplir ese requisito de al menos 10 años contribuidos, pero con una modificación respecto del esquema actual, para permitir que las mujeres accedan a los 60 años, es decir al cumplir la edad jubilatoria establecida por el sistema contributivo general. Actualmente, tanto para varones como para mujeres rige la condición de tener 65 años cumplidos y el monto cobrado es para todos por igual, más allá de que se hayan hecho o no aportes.

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