Cerró la paritaria de empleadas domésticas: cuánto cobrarán en ...
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) cerró una nueva paritaria para las trabajadoras del sector para julio y agosto. Los aumentos para empleadas domésticas en esos dos meses serán del 8,5% y 4%, respectivamente.
“Se implementó un ajuste de los sueldos de febrero (20% de aumento sobre el sueldo de diciembre 2023) y los de marzo (15% sobre el sueldo de febrero 2024)”, precisó la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (U.P.A.C.P.) en redes sociales.
El aumento salarial previo había sido de 18% en dos tramos: 11% en abril y 7% en mayo.
A aquellas trabajadoras que ya hayan percibido su remuneración por el mes trabajado en julio les corresponde un retroactivo para alcanzar lo acordado en la paritaria.
El próximo 18 de septiembre se hará una nueva revisión salarial.
Personal para tareas específicas
Sin retiro: $3154 por hora y $392.034 mensualCon retiro: $2876 por hora y $352.177 mensualSupervisores
Con retiro: $3038 por hora y $379.070 mensualSin retiro: $3327 por hora y $422.241 mensualCaseros
$2176 por hora y $343.606 mensualCuidado de personas
Con retiro: $2716 por hora y $343.606 mensualSin retiro: $3038 por hora y $382.912 mensualTareas generales
Con retiro: $2519 por hora y $309.001 mensualSin retiro: $2716 por hora y $343.606 mensualPersonal para tareas específicas
Sin retiro: $3280 por hora y $407.715 mensualCon retiro: $2991 por hora y $366.265 mensualSupervisores
Con retiro: $3159 por hora y $394.233 mensualSin retiro: $3460 por hora y $439.131 mensualCaseros
$2825 por hora y $357.350 mensualCuidado de personas
Con retiro: $2825 por hora y $357.350 mensualSin retiro: $3159 por hora y $398.229 mensualTareas generales
Con retiro: $2620 por hora y $321.365 mensualSin retiro: $2825 por hora y $357.350 mensualAdemás, hay montos adicionales. Por antigüedad corresponde un 1% por cada año trabajado con el mismo empleador, sobre el salario mensual. También se debe abonar un 30% más por zona desfavorable para el personal que trabaje en: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Por otra parte, la legislación vigente aclara que para aquellos trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844 (empleados formales del servicio doméstico), que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, debe percibir su salario considerando el importe establecido para la modalidad retributiva “mensual”, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas. Respecto de quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales, el salario se debe liquidar de acuerdo a la modalidad retributiva “por hora”.
Datos necesarios para la inscripción y alta laboral
Antes de proceder con la inscripción y el alta de una empleada doméstica en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el empleador debe reunir ciertos datos esenciales del trabajador. Los pasos para completar esta inscripción son los siguientes:
Número de CUILNombre y apellidoFecha de nacimientoDomicilio realObra social (si el trabajador no cuenta con una, se le asignará automáticamente la Obra Social del Personal de Casas Particulares)Estado jubilatorio (si es o no una persona jubilada)CBU (en caso de que ya esté bancarizada)Número telefónicoCorreo electrónicoLa inscripción puede ser anulada hasta las 23:59 del día en que se realizó el registro. Durante este periodo, está disponible la opción “Anular” dentro de la tarjeta correspondiente a esa relación laboral en el portal de inicio. Si se supera este plazo, la anulación debe realizarse de manera presencial en cualquier oficina de la AFIP.